Participación política

2. Participación política

La esencia de un proceso de paz es la posibilidad de que quienes se desmovilicen puedan cambiar la actividad armada por una vida democrática. Este objetivo solo puede ser cumplido en un sistema que permita que las diferentes fuerzas políticas y tendencias ideologías puedan coexistir pacíficamente. El punto dos del Acuerdo de Paz tiene ese objetivo.

El capítulo de participación política está consignado en 10 de las 310 páginas que conforman el nuevo acuerdo. Busca sentar las bases para fortalecer el pluralismo a través de una apertura basada en tres pilares fundamentales: la participación ciudadana, las garantías para la competencia electoral y el debate público; y una mayor representatividad de quienes hasta ahora han estado excluidos del ejercicio político.

El fin del vínculo entre armas y política es prerrequisito para que esa apertura democrática sea posible, pues las partes que firman el acuerdo entienden que solo en un clima de pluralismo, libertad de expresión y tramitación dialogada de las controversias puede realmente ambientarse la convivencia.

Construir un clima democrático exige ajustes institucionales sobre todo en el sistema electoral, de garantías para la oposición, y quienes carecen actualmente de representatividad. Así mismo de la promoción de una cultura de la tolerancia y la deliberación pública.

Los puntos que cambiaron

Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz

El acuerdo conserva la creación de 16 circunscripciones especiales en la Cámara de Representantes por dos periodos legislativos a las regiones más golpeadas por la violencia. El nuevo acuerdo excluye expresamente al movimiento político que surja de las Farc de la competencia por estos escaños. Además dice que “el Gobierno Nacional pondrá en marcha procesos de fortalecimiento de las organizaciones sociales en estos territorios, en especial de las organizaciones de víctimas de cara a su participación en la circunscripción”.

Otro elemento nuevo es que obliga a la organización electoral a ejercer vigilancia sobre la financiación de las campañas y “establece la obligación de promover mecanismos adicionales de control y veeduría por parte de organizaciones especializadas, como la Misión de Observación Electoral (MOE) y de partidos y movimientos políticos”.

Estatuto de Oposición Política

El acuerdo final rechazado en el plebiscito dispuso que en la implementación del proceso de paz, el Congreso tramitaría el Estatuto de la Oposición, una deuda que tiene este órgano legislativo con el país desde la Constitución del 91. Estaba prevista la creación de una comisión con presencia de todos los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, y con voceros designados por las Farc, para que definieran los lineamientos que debería tener ese estatuto. El nuevo acuerdo precisa cómo debe conformarse ese organismo.

Agrega que debe seguirse en ese proceso el artículo 112 de la Constitución Política que obliga a tramitar una ley que reglamente íntegramente los derechos de la oposición. Este texto también define las garantías que deben tener los partidos que se declaran en oposición al gobierno de manera que puedan “ejercer libremente la función crítica frente a este, y plantear y desarrollar alternativas políticas”. Con ese fin, se garantizan los derechos de acceso a la información y a la documentación oficial, el uso de los medios de comunicación y la réplica en los mismos.

La movilización y la protesta

En el acuerdo original se establecieron una serie de garantías para la movilización social como una forma de acción política. El nuevo acuerdo precisa que el ejercicio de la protesta tiene que ser “pacífica” y agrega que las garantías “no pugnan con la posibilidad del ejercicio de la autoridad legítima por parte del Estado”. Se eliminó una disposición que decía que “los disturbios se tratarán con civilidad” y se cambió por “se tratarán con el debido respeto a los derechos humanos de conformidad con el principio de proporcionalidad, y siempre garantizando los derechos de los demás ciudadanos”.

Medios comunitarios

El nuevo acuerdo también precisa el procedimiento para el acceso a la radio comunitaria. Aclara que esta debe hacerse con sujeción a los criterios ya establecidos por la ley y garantizando el pluralismo. Y deja expresamente una disposición para que las organizaciones de víctimas puedan acceder a estos espacios.

Consejo Nacional para la Reconciliación

En el proceso de paz se pactó la necesidad de crear un Consejo Nacional para la Reconciliación y la Convivencia. Este tendrá como fin trabajar por la convivencia, tolerancia y no estigmatización. Este nuevo organismo estará integrado por representantes del Gobierno, el Ministerio Público, quienes designen los partidos y movimientos políticos, incluido el que surja del tránsito de las Farc-EP a la actividad política legal, organizaciones y movimientos sociales, en particular de mujeres, campesinos y campesinas, gremios, minorías étnicas, las iglesias, el sector educativo, entre otros. El nuevo documento le abre en ese escenario un espacio a las “iglesias, a las confesiones religiosas, organizaciones basadas en la fe y organizaciones del sector religioso”.

Acceso al sistema político

El nuevo acuerdo hace una precisión respecto a las normas que regirán la creación de nuevos partidos. Asegura que con el fin de “evitar la proliferación indiscriminada” para el reconocimiento de la personería jurídica se exigirá como mínimo un número determinado de afiliados. También se deja claro que “el nuevo régimen (electoral) conservará los requisitos en materia de votos en las elecciones de Senado por las circunscripciones ordinarias actualmente existentes para la adquisición de la totalidad de los derechos a financiación, acceso a medios y a inscribir candidatos a cargos y corporaciones de elección popular”. Por otro lado, se agrega que las condiciones favorables que se crean en el acuerdo no solo aplican para partidos nuevos, sino también para partidos existentes que perdieron la personería jurídica en el pasado.

Misión electoral

El acuerdo final creó una misión electoral con el fin de realizar un estudio sobre el actual sistema político y generar recomendaciones que permitan acomodar el sistema para la llegada de nuevas fuerzas políticas. Esa misión estará conformada por siete expertos de alto nivel: un representante de la Misión de Observación Acuerdo Final (MOE) y seis expertos de diferentes organizaciones (el Centro Carter, el Departamento de Ciencia Política de la Universidad Nacional de Colombia, el Departamento de Ciencia Política de la Universidad de los Andes y el Instituto Holandés para la Democracia Multipartidaria –NIMD).  En el pasado acuerdo, esa misión tenía seis meses de plazo para entregar sus conclusiones. Ahora ese plazo se redujo a cuatro meses. También se agregó que “la misión adelantará un amplio y efectivo proceso de participación con todos los partidos, movimientos y agrupaciones políticas a objeto de obtener el más amplio consenso posible en la producción del informe final”.

Acceso a medios de comunicación

El acuerdo establece la creación de un canal institucional de televisión cerrada orientado a los partidos y movimientos políticos con personería jurídica para la divulgación de sus plataformas políticas. El nuevo documento agrega que este debe dar a conocer el trabajo de las organizaciones de víctimas.